Valoración de Dependencia


Nivel 1. Información.
Objeto:
Se trata de un sistema de valoración de la dependencia que presentan las personas.
Se entiende por dependencia el estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, y ligadas a la falta o a la perdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria o, en el caso de las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, de otros apoyos para su autonomía personal
En Bizkaia se utilizan dos métodos diferentes para determinar cuál es la situación de dependencia de una persona: el que establece la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia, EL Baremo de Valoración de la Dependencia (BVD), y el sistema de valoración y orientación RAI screneer
Personas beneficiarias:
Personas que necesitan ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria varias veces al día y, por su pérdida total de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, necesita el apoyo indispensable y continuo de otra persona o tiene necesidades de apoyo generalizado para su autonomía personal
Requisitos:
Encontrarse en situación de dependencia
Ser ciudadano/a de la Unión Europea o residir legalmente en territorio estatal y haberlo hecho durante cinco años, de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de valoración. Para las personas menores de cinco años el periodo de residencia se exigirá a quien ejerza su guarda y custodia
Estar empadronado/a en algún Municipio del Territorio Histórico de Bizkaia en el momento de presentar la solicitud de reconocimiento de la situación de dependencia
Órgano responsable de la resolución:
Diputación Foral de Bizkaia. Departamento de Acción Social
Unidad tramitadora:
Área Sociocultural. Departamento de Acción Social .Servicio Social de Base
Diputación Foral de Bizkaia
Forma de iniciación:
A solicitud de la persona interesada
Plazo de solicitud:
Abierto durante todo el año
Plazo de tramitación:
Dos meses para la tramitación exclusivamente municipal. El tiempo total de tramitación del expediente completo estará en función de los trámites que la Diputación foral de Bizkaia sigue para la valoración
Efectos del silencio administrativo:
Desestimada
Tasas/pagos:
Servicio gratuito
Canales de tramitación:
Por Internet
A través de la sede electrónica: www.ermua.eus/abiapuntu
Abierto 24 horas del día, 7 días a la semana, 365 días al año

Presencialmente
En Abiapuntu
Konbentukoa, 3
De lunes a viernes: de 8:00 a 15:00 horas
En la atención presencial le agradeceremos su colaboración mediante la autorización del uso del correo electrónico como canal de comunicación, intercambio de documentación y notificación de cuantos actos administrativos le afecten en relación con su solicitud, a fin de poder prestarle el mejor servicio y atenderle con prontitud

Mediante el empleo del correo ordinario o a través de un servicio de mensajería
Dirección postal: Ayuntamiento de la Villa de Ermua
Abiapuntu
Konbentukoa, 3
48260 Ermua
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Consultas previas
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