Carta de derechos digitales

Carta de derechos digitales

La Carta de Derechos Digitales establece en sus consideraciones previas que “no trata de crear nuevos derechos fundamentales sino de perfilar los más relevantes en el entorno y los espacios digitales o describir derechos instrumentales o auxiliares de los primeros”.

Esta carta “no tiene carácter normativo, sino que su objetivo es reconocer los novísimos retos de aplicación e interpretación que la adaptación de los derechos al entorno digital plantea, así como sugerir principios y políticas referidas a ellos en el citado contexto”. Es decir, que su objetivo es “descriptivo, prospectivo y asertivo”.