Servicio de Ayuda a domicilio


Nivel 4. Tramitación  electrónica completa.
Objeto:
El Servicio de Ayuda a Domicilio es un servicio dirigido a familias y/o personas que tengan dificultades para valerse por sí mismas en la realización de las actividades básicas de la vida diaria, con el objeto mejorar su calidad de vida a través de un programa individualizado que se concreta, principalmente, en funciones de atención doméstica y cuidado personal, contribuyendo a la permanencia de las personas en su hogar, mientras sea posible y conveniente
Personas destinatarias:
Podrán ser personas beneficiarias del Servicio de Ayuda a Domicilio
1.Personas dependientes o en riesgo de dependencia
2.Personas mayores o con diversidad funcional que presenten dificultades en su autonomía personal y, por tanto, dificultades para la realización de determinadas actividades de la vida diaria
3.Personas o familias en situación de riesgo o conflicto social
4.Personas en situación de convalecencia (temporal)
Requisitos:
Requisitos generales, las excepcionalidades quedarán recogidas en el correspondiente procedimiento de acceso.
1.Tener reconocida la condición de persona Dependiente por la Diputación Foral de Bizkaia y que el Servicio de Ayuda a Domicilio esté recogido en el Plan Individual de atención.
2.Estar empadronado/a en el domicilio en el que se solicita el servicio a la fecha en que se presenta la solicitud y permanecer empadronado/a en el mismo municipio durante el período de percepción del mismo.
3.Las personas valoradas como autónomas deberán contar con una puntuación igual o superior a 100 puntos, según el baremo municipal establecido a tal efecto
4.En el caso de atención a unidades familiares con personas convalecientes o con menores, o situaciones de riesgo o conflicto social no será necesaria tener realizada la valoración de la situación de dependencia, siempre y cuando así se determine en el diagnóstico social y el PIA correspondiente elaborado por el personal técnico en Trabajo Social.
Órgano responsable de la resolución:
Teniente de Alcalde Delegado/a de servicios sociales
Unidad tramitadora:
Políticas Sociales. Servicios sociales
Forma de iniciación:
A solicitud de las personas interesadas
Plazo de solicitud:
Abierto durante todo el año
Plazo de tramitación:
Seis meses de acuerdo al procedimiento administrativo común
Efectos del silencio administrativo:
Desestimada
Tasas/pagos:
Copago regulado en la Ordenanza Fiscal Nº21
Documentación a aportar:
El Ayuntamiento de Ermua, mediante los sistemas de Intermediación de datos disponibles, va a realizar las comprobaciones y consultas necesarias de los datos de las personas interesadas que obren en poder de la Administración, salvo que el/la solicitante se oponga expresamente (en cuyo caso deberá aportar la documentación).
Los datos a consultar en base a las necesidades de este trámite son:
- Acreditación de la identidad de las personas miembros de la unidad de convivencia.
-Para el caso de menores, datos de nacimiento
- datos relativos a rentas, bienes, cuentas y prestaciones recibidas.
-Alta, en fecha, en la TGSS

En caso de oponerse a la consulta del Ayuntamiento a esos datos por los sistemas de intermediación de datos, deberá reflejarlo en el formulario de solicitud y deberá indicar el motivo de oposición. Además, deberá presentar los documentos que recojan la situación que le da derecho a acceder al servicio
Canales de tramitación:
Cita para entrevista de valoración de necesidades con el/la trabajador/a social asignado/a a través de los siguientes canales:
- Abiapuntu
Konbentukoa, 3, bajo
De lunes a viernes: de 8:00 a 15:00 horas

- Servicios Sociales Municipales
Erdikokale,21
943179162
De lunes a viernes: de 8:00 a 15:00 horas

Presentación de la solicitud del Servicio de atención domiciliaria tras la cita de valoración:
- En la sede electrónica del Ayuntamiento de Ermua (www.ermua.eus). Abiapuntu/Tramitación municipal/ Trámites

- En Abiapuntu
Konbentukoa, 3
De lunes a viernes: de 8:00 a 14:30 horas

Tramitación presencial


Tramitación electrónica