Devolución de ingresos. Impuesto de vehículos de tracción mecánica


Nivel 2. Descarga de formularios.
Observaciones:
El periodo impositivo coincide con el año natural, salvo en el caso de primera adquisición o baja de los vehículos. En estos casos el período impositivo comenzará el día en que se produzca dicha adquisición o terminará el día en que se produzca la baja en la Jefatura Provincial de Tráfico, respectivamente

El importe de la cuota del impuesto se prorrateará por meses naturales en los casos de primera adquisición o baja definitiva del vehículo, incluido el que corresponda a la fecha en que se produzca el alta o baja

Una vez comprobada la documentación presentada y la no existencia de deudas pendientes con la administración municipal, se procederá a la devolución mediante abono en la cuenta bancaria designada por la persona interesada

Si el impuesto está domiciliado, la devolución se tramitará de oficio y se procederá a ingresar las cantidades que correspondan a partir del 1 de junio en la cuenta de la domiciliación

Podrán compensarse las deudas que la persona solicitante de la devolución tuviera a favor del Ayuntamiento de la Villa de Ermua en fase de gestión recaudatoria

La Unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del trámite
Documentos relacionados:
Ordenanza Municipal de Gestión, Recaudación e Inspección

Ordenanza Fiscal reguladora del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica