Fiscalización y control de órganos de gobierno


Nivel 2. Descarga de formularios.
Observaciones:
-Todos/as los/as miembros de la Corporación tienen derecho a obtener del/de la Alcalde/sa cuantos antecedentes, datos, información o documentos obren en poder de los servicios administrativos de la Corporación y resulten precisos para el desarrollo de su función
En consecuencia, el/la concejal/a interesado/a en obtener determinada información o documentación deberá formular su petición por escrito, en el que se identifique con la mayor claridad posible la información o documentación que precisa
-El plazo para resolver es de cinco días naturales contados a partir del día siguiente al de la anotación/recepción de la solicitud en Abiapuntu
Si no se dictara resolución o acuerdo denegatorio en el citado plazo, se entenderá concedida la solicitud por silencio administrativo
-Los servicios administrativos estarán obligados a facilitar la información sin necesidad de previa autorización, en los supuestos siguientes:
a) Cuando se trate del acceso de los/as miembros de la Corporación que ostenten delegaciones o responsabilidades de gestión, a la información propia de las mismas
b) Cuando se trate del acceso de cualquier miembro de la Corporación a la información y documentación correspondiente a los asuntos que hayan de ser tratados por los órganos de gobierno colegiados de los que forme parte, así como a las resoluciones o acuerdos adoptados por cualquier órgano municipal
c) Cuando se trate del acceso de los/as miembros de la Corporación a la información o documentación que sea de libre acceso para la ciudadanía
-La consulta y examen concreto de los expedientes, libros y documentación en general se desarrollará de acuerdo a las normas siguientes:
a) La consulta general de cualquier expediente o antecedentes documentales podrá realizarse, bien en la dependencia donde se encuentre, bien mediante la entrega de los mismos o de copia al/a la miembro de la Corporación interesado/a para que pueda examinarlos en el despacho o salas reservadas a los/as miembros de la Corporación. El libramiento de copias se limitará a los casos citados de acceso libre de los/as concejales/as a la información y a los casos en que ello sea expresamente autorizado por el/la Presidente/a de la Corporación
b) En ningún caso los expedientes, libros o documentación podrán salir de la Casa Consistorial o de las correspondientes dependencias y oficinas municipales
c) La consulta de los libros de actas y los libros de resoluciones del/de la Presidente/a deberá efectuarse en la Secretaría Municipal
d) El examen de expedientes sometidos a sesión podrá hacerse únicamente en el lugar en que se encuentren de manifiesto a partir de la convocatoria, con carácter general, en la Secretaría Municipal
-A fin de preservar la esfera de la intimidad de las personas y salvaguardar su derecho a la protección de datos de carácter personal, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, en el momento de la entrega de documentación en copia se aplicarán las normas siguientes:
a) Si la documentación a suministrar contiene datos personales de los declarados sensibles o de especial protección a los que se refiere el artículo 11 LOPD, la información se suministrará disociada de los datos personales contenidos en la documentación. A tal fin, en los documentos suministrados se procederán a suprimir, por cualquier medio, los datos que permitan la identificación directa de una persona (nombre y apellidos, dirección)
b) Asimismo, se comunicará al/la miembro de la Corporación que ha solicitado la documentación la obligación que le incumbe de guardar confidencialidad de la información y datos de carácter personal a la que acceda en el ejercicio de su cargo representativo, aún después de finalizado su mandato, pudiendo incurrir, en caso contrario, en la responsabilidad que le fuera exigible
c) Igualmente, los/as miembros de la Corporación tienen el deber de guardar reserva en relación con las informaciones que se les faciliten para hacer posible el desarrollo de su función, singularmente de las que han de servir de antecedente para decisiones que aún se encuentren pendiente de resolución, así como para evitar la reproducción de la documentación que pueda serles facilitada en original o copia, para su estudio
-Como medida para fomentar y mejorar la transparencia de la gestión municipal, se publicará en la web municipal, en el espacio habilitado a este efecto, tanto la solicitud de información o documentación como la respuesta dada a dicha solicitud
-Los/as miembros de la Corporación están obligados a guardar confidencialidad de la información y datos de carácter personal a los que accedan, que pudiera contener la documentación que se les facilite, aún después de finalizado su mandato representativo en la Corporación
-La Unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del trámite
Documentos relacionados:
Solicitud de información