Reforma o consolidación de edificios


Nivel 4. Tramitación  electrónica completa.
Observaciones:
Se recomienda presentar la memoria justificativa de la legalidad de la ampliación pretendida previamente a la elaboración del proyecto básico

Se deberá justificar el cumplimiento de la normativa urbanística de aplicación y otras normas de obligado cumplimiento, entre otras: EHE, NBE-CPI 96, NBE-CA 88, NBE-CT 79

En garantía de la reposición del pavimento de la calzada, encintado de aceras, bordillos, plantaciones, cualquier elemento de mobiliario urbano e instalaciones o infraestructuras de servicios públicos que pudieran deteriorarse en el transcurso de las obras, se deberá depositar o prestar aval bancario, en su caso, por el importe estimado de reparación de los elementos citados, atendidas las características de ejecución de las obras para las que se solicita licencia

Finalizada la obra y comprobado por los servicios técnicos municipales el estado y reparación si procede, de los elementos antes citados que durante el transcurso de la obra pudieran haberse deteriorado, se procederá al reintegro del depósito o aval

Si resultaren deterioros o desperfectos se procederá a requerir su inmediata reparación. Si este requerimiento no fuera atendido en el plazo ofrecido se procederá a ejecutar subsidiariamente las obras necesarias de reparación con cargo al depósito o aval que, si fuera insuficiente dará lugar a la liquidación complementaria que proceda a fin de ejecutar la obra pendiente

La Unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del trámite
Documentos relacionados:
Aval
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Ordenanza Reguladora de las condiciones Higiénicas y de la Calidad de la Edificación, publicada en el Boletín Oficial de Bizkaia nº 189, de 2 de octubre de 2000
Normas de la Edificación y los Usos. Tomo IV. Texto refundido del Plan General Municipal de Ordenación Urbana