Segregación urbanística


Nivel 4. Tramitación  electrónica completa.
Observaciones:
En suelos no urbanizables, para la determinación de la parcela mínima divisible se atenderá a lo establecido en el Plan General Municipal de Ordenación Urbana

En suelos urbanizables, para la determinación de la parcela mínima divisible se atenderá a lo establecido en el Plan Parcial de Desarrollo

En suelos urbanos, para la determinación de la parcela mínima divisible se atenderá a lo establecido en las normas de edificación aplicables en cada caso

La Unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del trámite
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Plano de situación. Escala 1:10.000

Plano de emplazamiento del terreno original señalando la porción a segregar e indicando la superficie del terreno original y de los dos terrenos resultantes. Escala mínima 1:2.000

Título de propiedad o certificado del Registro de la Propiedad en el que consten las circunstancias de dominio de las fincas afectadas, el estado de las cargas y la descripción de los datos fundamentales para la inscripción de las mismas